Diversas asociaciones como la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (Anade), la Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de Información (AMITI) y la Cámara Nacional de la Industria Electrónica e Informática (Canieti), que representan al sector electrónico, de telecomunicaciones e informática, coinciden que el avance en material legal es prioritario para establecer la adecuación de normas legales que regulen y garanticen la seguridad en las transacciones comerciales.”
“El pasado 29 de abril del año 2001 las Cámaras de Diputados y Senadores aprobaron los cambios correspondientes al comercio electrónico. Entre las principales adecuaciones al Código de Comercio se encuentran el reconocimiento del uso de medios electrónicos para la realización de transacciones involucrando cuestiones de ejecución y regulación de actos mercantiles, validez de los datos transmitidos así como los medios utilizados para tal efecto. Asimismo, la aprobación también implica alteraciones directas al Código Civil del Distrito Federal y al Código de Procedimientos Civiles en relación con aspectos nacionales e internacionales. Cabe mencionar que para el desarrollo y presentación de la iniciativa participaron el Grupo Impulsor de la Legislación del Comercio Electrónico (GILCE), la Asociación de Banqueros de México (ABM), la Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de la Información (AMITI), la Asociación Nacional del Notariado Mexicano y la Cámara Nacional de la Industria Electrónica e Informática (Canieti).”
En México no encontramos regulado totalmente las operaciones que se realizan a diario por medio del comercio electrónico, por ende no existe una verdadera seguridad sobre este nuevo método de hacer negocios.
La única forma de “protegerse” en esta nueva forma de hacer negocios es la Ley de Derechos de Autor, la cual les da a los usuarios una “seguridad ficticia”, pero la única realidad es que no existe tal seguridad ante tantos actos fraudulentos y mucho menos sin tener una leyes que garanticen una sanción adecuada para estos.
Se habrán reformado ciertos artículos de diversas leyes pero la realidad es otra nos encontramos muy atrasados en la legislación de comercio electrónico a comparación de otros países como son Estados Unidos y países de la Unión Europea
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